Finalmente, el Congreso Nacional despachó la Ley de Seguridad Municipal, normativa largamente anhelada por ediles de todo el país, tras la aprobación en la Sala de la Cámara de Diputados. El proyecto había sido ingresado por el actual Gobierno en 2023.
La legislación entrega un nuevo rol a los inspectores comunales, quienes tendrán funciones de tipo autónoma y otras consideradas coadyuvantes a las policías.
El ministro de Seguridad, Luis Cordero, relevó que “este proyecto regulariza y establece un conjunto de estándares para el funcionamiento de los municipios en materia de seguridad municipal”. Según el secretario de Estado, un acuerdo en el marco de la discusión, fue que el rol de los municipios es preventivo y que esta ley no constituirá policías municipales a lo largo de Chile.
Esta normativa fue impulsada desde su envío por diversos jefes comunales, quienes expresaron en la discusión la necesidad de relevar el rol de las municipalidades en el aspecto seguridad. El proyecto genera un incremento en los presupuestos para municipios en esta materia, pues la Subsecretaría de Prevención del Delito destinará $ 5.100 millones a elementos de seguridad para inspectores; de igual forma, se contempla la ampliación de los recursos provenientes del royalty minero para seguridad.
La nueva ley entrega un rol formal al director de Seguridad Municipal, clarificando expresamente sus funciones, requisitos y deberes, entre otros aspectos.
Por otro lado, se crea un Comité Operativo de Seguridad -liderado por cada alcalde junto a instituciones como Carabineros, la PDI y la Fiscalía-.
Contempla la actualización del Consejo Comunal de Seguridad Pública y el Plan Comunal de Seguridad Pública en cada municipio.
Se regula la posibilidad de contratar a funcionarios y funcionarias de seguridad a través del Código del Trabajo.
Regula la posibilidad de que asociaciones de municipios, agrupados, puedan contratar personal para funciones de seguridad.
Regula los sistemas de televigilancia, así como la integración de los datos de delitos comunales.
Inspectores
Formaliza el trabajo de los inspectores, especificando las labores que puede realizar:
Debido al rol de coadyuvantes de las policías, los inspectores realizarán funciones de vinculación con la comunidad, patrullajes preventivos, dirigir el tránsito, auxiliar víctimas de delitos flagrantes, televigilancia, colaborar rescatando animales, incautar comercio ambulante, requerir identidad, labores de fiscalización e inspección y detener en flagrancia.
Las anteriores son las funciones autónomas, mientras otras sólo podrán realizar junto a la policía, como patrullajes mixtos, medidas de protección de víctimas de violencia intrafamiliar (VIF), control del consumo de alcohol y drogas en vía pública y control de identidad. La normativa también estipula que los municipios podrán operar conjuntamente en actos masivos.
Respecto de elementos de protección, la nueva ley estipula que los inspectores podrán utilizar elementos como chalecos, cascos, bastones, esposas, gas pimientas y elementos de pulsión eléctrica, conocidas como taser.
Por último y no menos importante, la legislación establece que los inspectores de seguridad contarán con seguros de vida y se incluye como agravante de delito las agresiones a estos funcionarios.



